Promueve SFP presentación oportuna de la declaración patrimonial y de intereses
El pasado sábado 03 de febrero de 2018, en la Ciudad de México, la Secretaría de la Función Pública (SFP) exhortó a las servidoras y a los servidores públicos federales a que cumplan con la obligación, establecida en la ley, de presentar en tiempo y forma su declaración de situación patrimonial y de intereses.
La SFP tiene previsto que, ante la entrada en vigor de la nueva Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), se incrementará el número de sujetos obligados a presentar la declaración de situación patrimonial y de intereses.
En este sentido, en mayo de 2017, se tenía registro de 197 mil 439 sujetos obligados; mientras que para diciembre de ese año el número se incrementó a 248 mil 645 servidores públicos.
Por esta razón, la dependencia federal considera imprescindible comunicar al interior de la Administración Pública Federal (APF) sobre el cumplimiento de dicho deber, en el marco de la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
A través de la página electrónica institucional de la SFP y de sus redes sociales, se difundirán los mensajes acerca de la “Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses, Inicial-Conclusión”.
La SFP pondrá a disposición de las dependencias y entidades de la APF, y de las empresas productivas del Estado, dicho esfuerzo de difusión, a fin de que pueda replicarse todo el año al interior de las instituciones, con el propósito de concientizar y exhortar a las servidoras y los servidores públicos sobre el cumplimiento de esta obligación.
Por considerarlo un tema de interés de los ciudadanos en general, la SFP solicitará apoyo de oficiales mayores y sus equivalentes de las dependencias, entidades y empresas productivas del Estado, así como de los Órganos Internos de Control y las Unidades de Responsabilidades, para lograr mayor alcance entre las y los servidores públicos federales.
Las declaraciones de situación patrimonial y de intereses son tres:
· Inicial, cuando se toma posesión del encargo por primera vez o se reingresa al servicio público después de 60 días;
· De Modificación, a presentarse durante el mes de mayo; y
· De Conclusión, cuando hay separación del encargo por más de 60 días.
Con estas acciones, la Secretaría de la Función Pública refrenda su compromiso con la rendición de cuentas y transparencia en el ejercicio del servicio público.
Boletín de prensa. Publicado en: Once Noticias, Hoja de Ruta Digital.
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